Se confirma la sentencia que condenó al recurrente por un delito de falsedad en documento oficial del art. 390.1.3.º del CP. Son hechos declarados probados que el acusado faltó a la verdad al contestar al requerimiento efectuado por la Administración, efectuando una identificación del conductor del vehículo sancionado que no se ajustaba a la realidad.
En la Sentencia 823/2023 del Tribunal Supremo, se revisó el caso de Serafín, quien había sido condenado por un delito de falsedad en documento oficial. Los hechos ocurrieron cuando Serafín, tras recibir una notificación por una infracción de tráfico cometida por él, decidió identificar falsamente a su padre, José María, como el conductor del vehículo para evitar la pérdida de puntos en su carné de conducir. Esta acción se realizó a sabiendas de que estaba engañando a la Administración y perjudicando directamente a su padre, quien no tenía conocimiento de esta situación.
El Juzgado de lo Penal de Ponferrada inicialmente condenó a Serafín a nueve meses de prisión, una multa de 3000 euros, y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. Serafín apeló esta sentencia, pero la Audiencia Provincial de León confirmó la condena. Posteriormente, presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo desestimó el recurso de Serafín, argumentando que su conducta constituía falsedad ideológica, ya que había mentido deliberadamente en un documento oficial, atribuyendo la infracción de tráfico a su padre. La sentencia del Tribunal Supremo destacó que la falsedad ideológica implica la veracidad de lo declarado y que en este caso, el documento en cuestión, aunque materialmente auténtico, contenía información falsa intencionalmente.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo concluyó que la conducta de Serafín fue una falsedad en documento oficial que tenía relevancia jurídica y que provocó un perjuicio a un tercero (su padre). Por lo tanto, se mantuvo la condena original, y se impusieron las costas del recurso al recurrente. Esta sentencia subraya la importancia de la veracidad en los documentos oficiales y la seriedad con que se trata la falsificación de estos en el sistema judicial español.