La Administración tributaria no puede embargar saldos de una cuenta corriente si el titular demuestra que el dinero proviene de otra cuenta suya sin ingresos embargables directos como sueldos, salarios o pensiones.

En el presente recurso se plantea si es posible embargar el saldo de una cuenta corriente en la que no se ingresa directamente ningún sueldo, pensión o salario, cuando ese saldo proceda, a su vez, de otra cuenta en la que sí se abonan pensiones, sueldos o salarios, inembargables dentro de los límites y porcentajes…